(Auxiliar Administrativo. Subgrupo C2). Tema 16. La Universidad Politécnica de Madrid. Régimen de alumnado. Acceso y permanencia. Convalidaciones. Títulos universitarios

La Universidad Politécnica de Madrid. Régimen de alumnado

Para hablar de este tema, tenemos que remitirnos al Capítulo I del Título IV (De la comunidad universitaria) de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid aprobados por Decreto 74/2010, de 21 de octubre –en adelante los Estatutos de la UPM–, que habla de los estudiantes. En el artículo 117 se establece que son estudiantes de la UPM quienes estén matriculados en alguna de sus enseñanzas oficiales o propias. A efectos de representación, se considerarán estudiantes aquellos que estén matriculados en alguna de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales.

Además de los establecidos con carácter general para los miembros de la comunidad universitaria, son derechos específicos de los estudiantes de la UPM los enumerados en el artículo 123 de los Estatutos de la UPM, entre ellos cabe destacar el de recibir una enseñanza de calidad mediante la utilización racional de los recursos humanos y materiales de la UPM, el de participar en la evaluación de la calidad de la enseñanza, el de ser valorado objetivamente en el control de su rendimiento académico o el de elegir y ser elegidos representantes.

Además de los establecidos con carácter general para los miembros de la comunidad universitaria, son deberes específicos de los estudiantes los previstos en el artículo 124 (fue pregunta de examen en las oposiciones del 2022) de los Estatutos de la UPM, entre ellos cabe destacar el de seguir con responsabilidad y aprovechamiento el proceso de formación, el de realizar las actividades de estudio e investigación que se deriven de la programación de las enseñanzas y de los planes de estudios, o el de informar de cuantas deficiencias se detecten en el normal funcionamiento de la UPM.

La Delegación de Alumnos es el órgano encargado de coordinar la representación de los estudiantes de la UPM. Está constituida por todos los representantes de los estudiantes de enseñanzas oficiales impartidas en la UPM. El Consejo de Gobierno acordará la asignación de locales y la propuesta de partidas presupuestarias a la Delegación de Alumnos, previa presentación de un plan de actuación global y de un proyecto de gastos. Entre las funciones de la Delegación de Alumnos previstas en el artículo 126 encontramos las de representar y defender los intereses de los estudiantes, informar al estudiante con la ayuda de los Centros sobre los acontecimientos de la comunidad universitaria que le puedan afectar o interesar o constituir un servicio de atención al estudiante.

El funcionamiento de la Delegación de Alumnos se regulará en un reglamento que determinará, en el ámbito de su competencia, los aspectos no recogidos en los presentes Estatutos y, en todo caso, las funciones y formas de elección de los representantes estudiantiles en los distintos órganos de gobierno y comisiones. La Delegación de Alumnos elaborará dicho reglamento, que será sometido al Consejo de Gobierno para su aprobación y establecerá como mínimo una serie de órganos previstos en el artículo 127.3 de los Estatutos de la UPM, entre ellos: 

a) Junta de Delegados de Escuela o Facultad. 

b) Junta de Delegados de la Universidad Politécnica de Madrid. 

c) Junta de Representantes de los alumnos. 

d) Delegado de Alumnos de la Universidad Politécnica de Madrid. 

Los representantes de los estudiantes serán elegidos para períodos de un máximo de un año y su mandato no concluirá hasta que sean elegidos los nuevos representantes.

Las asociaciones de estudiantes que quieran gozar de régimen de subvenciones reglamentadas en la UPM y de los demás derechos reconocidos, habrán de cumplir los requisitos exigidos por la legislación vigente.

El Claustro Universitario aprobará, a propuesta del Consejo de Gobierno, un Reglamento de Régimen Disciplinario de los Estudiantes de la UPM que respete plenamente sus derechos, señale sus obligaciones, y asegure su debido asesoramiento en el curso de eventuales expedientes disciplinarios. Este reglamento se aprobará en un plazo no superior a dos años desde la entrada en vigor de los presentes Estatutos.

Acceso y permanencia

El número máximo de plazas disponibles para estudiantes de nuevo ingreso se determinará por el Consejo de Gobierno. Las Escuelas o Facultades elevarán al Consejo de Gobierno las propuestas correspondientes. La UPM hará público el número de plazas de nuevo ingreso, disponibles en cada Escuela o Facultad con anterioridad a la apertura del periodo de preinscripción.

Con objeto de que ninguno de los estudiantes admitidos resulte excluido del estudio en la UPM por motivos económicos, aquella podrá conceder becas a sus estudiantes. Si se especifica en la convocatoria, el disfrute de las becas podrá requerir la prestación de determinados servicios. Asimismo, la UPM establecerá, de acuerdo con la legislación vigente, modalidades de exención parcial o total del pago de precios públicos.

Los estudiantes de la UPM participarán en la elección de su currículum y podrán matricularse de curso completo o de asignaturas sueltas, respetando lo establecido en la programación y en el correspondiente plan de estudios. La aplicación de las normas de matrícula de cada curso académico se aprobará y publicará por el Consejo de Gobierno antes del 30 de abril del curso anterior. Se potenciará el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación en el proceso de matriculación. Por las Juntas de Escuela o Facultad se facilitará la elección de grupo por parte de los estudiantes, de acuerdo con las disponibilidades materiales y de profesorado de cada Escuela o Facultad.

La normativa de admisión de la UPM contempla en el capítulo 2 de su Título I (Admisión de estudios de grado), la admisión con estudios universitarios extranjeros. En este caso la solicitud de admisión sólo será tomada en consideración si se aporta la resolución favorable de reconocimiento de un mínimo de 30 créditos, de materias básicas u obligatorias de la misma rama de conocimiento, en la titulación de Grado de la UPM solicitada, de conformidad con el R.D. 412/2014, de 6 de junio, que regula el acceso a estudios universitarios oficiales de grado (fue pregunta de examen en las oposiciones del 2020).

Los estudiantes conocerán antes de cada periodo de matriculación, los objetivos docentes y los procedimientos y condiciones de evaluación de sus conocimientos. Los estudiantes de la UPM tienen derecho a la revisión de las pruebas de evaluación y a reclamar ante el Director del Departamento cuando discrepen del resultado de la revisión.

El Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno, aprobará las normas que regularán el progreso y permanencia de los estudiantes en la UPM (fue pregunta de examen en las oposiciones del 2022). Todas las Escuelas y Facultades de la UPM contarán con una Junta de Compensación de Calificaciones, cuya composición y reglamentación será regulada por el Consejo de Gobierno.

También habrá que tener en cuenta lo previsto en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, donde se establece que podrán acceder a los estudios universitarios oficiales de Grado en las Universidades españolas quienes reúnan alguno de los requisitos previstos en su artículo 3, entre ellos, estudiantes en posesión del título de Bachiller del Sistema Educativo Español o de otro declarado equivalente;  personas mayores de cuarenta años con experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza; personas mayores de veinticinco años que superen la prueba de acceso establecida en este real decreto o estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad (fue pregunta de examen en las oposiciones del 2022).

También habrá que tener en cuenta lo dispuesto en la Normativa de permanencia de la UPM, donde se establece, entre otras cosas, que el estudiante que se matricule por primera vez en el primer curso de estudios de Grado que se imparten en la UPM, para poder continuar los mismos tendrá que aprobar al menos 6 créditos europeos de materias obligatorias de ese primer curso (fue pregunta de examen en las oposiciones del 2022).

Convalidaciones

Para hablar de las convalidaciones tenemos que remitirnos a la Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos de la UPM, aprobada en la reunión del Consejo de Gobierno de fecha 31 de enero de 2013. En ella se habla de la “Resolución de Reconocimiento y Transferencia de Créditos”, documento en el que se acreditan los créditos reconocidos y transferidos y las asignaturas o materias exentas de ser cursadas por considerarse adquiridas las competencias de esas asignaturas en los créditos reconocidos.

También se habla del “reconocimiento automático” para referirse a un procedimiento abreviado de reconocimiento de créditos ante la existencia de precedentes idénticos. A tal fin se elaborarán y publicarán en la página web de la U.P.M. las tablas de equivalencia de reconocimiento de créditos, que serán actualizadas periódicamente.

El Jefe de Estudios comprobará si la solicitud de reconocimiento de créditos corresponde al procedimiento de reconocimiento y transferencia de créditos puede ser de carácter ordinario o automático. 

El procedimiento ordinario se iniciará a solicitud del interesado que deberá ser presentada mediante el formulario electrónico de reconocimiento de créditos, disponible en la página web de la UPM, conforme al modelo oficial. La presentación de la documentación requerida deberá realizarse en la Secretaría del Centro, o enviada a través del registro electrónico, acompañada de la solicitud impresa. Si el alumno, en el plazo de 15 días desde la presentación de la instancia, no entrega la documentación requerida, se le tendrá por desistido de la solicitud. La Comisión de Ordenación Académica competente o su equivalente emitirá informe del cual dará traslado al Vicerrectorado de Alumnos. El plazo máximo para la emisión de informe y remisión de documentación al Vicerrectorado de Alumnos será de dos meses a contar desde la fecha de recibo de la documentación completa. La Resolución concediendo o denegando los reconocimientos de créditos será adoptada por la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos (fue pregunta de examen en las oposiciones de 2022), que se notificará al interesado mediante su cuenta de correo electrónico institucional poniendo fin al procedimiento. En el caso de no ser alumno de la UPM, se notificará en el correo electrónico que obligatoriamente designe el interesado en la solicitud. 

El procedimiento de reconocimiento automático se iniciará a solicitud del interesado que deberá ser presentada mediante el formulario electrónico de reconocimiento de créditos, disponible en la página web de la UPM, conforme al modelo oficial. La presentación de la documentación requerida deberá realizarse en la Secretaría del Centro, o enviada a través del registro electrónico, acompañada de la solicitud impresa. Si el alumno, en el plazo de 15 días desde la presentación de la instancia, no entrega la documentación requerida, se le tendrá por desistido de la solicitud. El Jefe de Estudios, previa comprobación de la existencia de precedentes y siempre que no se hubiesen producido cambios significativos en los programas, emitirá informe, del cual dará traslado al Vicerrector de Alumnos. El plazo máximo para la emisión de informe y remisión de documentación al Vicerrectorado de Alumnos será de un mes a contar desde la fecha de recibo de la documentación completa. La Resolución concediendo o denegando los reconocimientos de créditos será adoptada por el Presidente de la CRTC, que se notificará al interesado mediante su cuenta de correo electrónico institucional poniendo fin al procedimiento. En el caso de no ser alumno UPM, se notificará en el correo electrónico que obligatoriamente designe el interesado en la solicitud. 

En cualquier caso, el plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de tres meses contados desde la fecha de recibo de la documentación completa. El vencimiento del plazo máximo, sin haberse notificado Resolución expresa, legitima al interesado para entender desestimada la solicitud.

La Resolución de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, agota la vía administrativa. Contra dicha Resolución o no habiéndose notificado Resolución expresa podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o recurso potestativo de reposición ante la CRTC.

Los créditos reconocidos pasarán a consignarse en el nuevo expediente del estudiante con el literal, la tipología, el número de ellos y la calificación obtenida en el expediente de origen, con indicación de la Universidad, Centro y Titulación en la que se cursó. Si al realizarse el reconocimiento, se eximen de cursar asignaturas de tipología diferente de las de origen se mantendrá en el expediente del alumno el literal de los de origen, de acuerdo con el formato correspondiente.

En todo caso, no podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los trabajos de fin de Grado y de Máster, ni los estudios reconocidos podrán superar el 60% de los créditos del plan de estudios del título de grado que se pretende cursar. Tampoco podrá superarse el 50 % de los créditos en los estudios de Máster. 

Terminado el procedimiento, todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales de educación superior, los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, deberán ser incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.

Títulos universitarios

Para hablar de este epígrafe, tenemos que remitirnos al Capítulo I del Título III de los Estatutos de la UPM. Las enseñanzas de la UPM pueden ser oficiales y propias, impartiéndose de acuerdo con un plan de estudios. Las primeras estarán orientadas a la obtención de títulos de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional. Las enseñanzas oficiales de la UPM se clasifican en: 

a) Enseñanzas de Grado. 

b) Enseñanzas de Máster Universitario. 

c) Enseñanzas de Doctorado 

Las enseñanzas no oficiales o propias serán objeto de una reglamentación aprobada por el Consejo de Gobierno y conducirán a la obtención de títulos de grado o máster propios de la UPM. La UPM publicará, con la debida antelación, los programas y calendarios de las diferentes enseñanzas oficiales y propias que correspondan a cada año académico de modo que las propias no interfieran con las oficiales.

Corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación de la propuesta de implantación de enseñanzas oficiales y propias, así como de sus planes de estudio. La iniciativa de creación de nuevas titulaciones, de elaboración o revisión de planes de estudio y de supresión de las enseñanzas oficiales y propias corresponde al Consejo de Gobierno, Juntas de Escuela o Facultad, Institutos Universitarios de Investigación y Centros de I+D+i o Consejos de Departamento. La planificación anual docente y el calendario escolar serán desarrollados por las Escuelas y Facultades, a través de sus Juntas, dentro del marco general aprobado por el Consejo de Gobierno. Con el fin de promover la movilidad de sus estudiantes en el Espacio Europeo de Educación Superior, la UPM dictará reglamentariamente las medidas que aseguren que los títulos oficiales expedidos por ella se acompañen del correspondiente suplemento europeo al título. El haber académico en los planes de estudio de las enseñanzas oficiales y propias de la UPM se medirá en créditos europeos (ECTS).

Las enseñanzas de Grado tienen como finalidad la obtención por parte del estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional. La elaboración de las propuestas de estas enseñanzas corresponde a las Escuelas y Facultades. Los estudios oficiales de grado de la UPM incluyen los de tecnologías agroforestales y medioambientales, los de tecnologías de la arquitectura e ingeniería de caminos y civil, los de tecnologías industriales, los de tecnología de la información y las comunicaciones, los del deporte, diseño y moda, y el grado en matemáticas.

Las enseñanzas de Master tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una educación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientadas a la formación académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras. La elaboración de las propuestas de estas enseñanzas corresponde a las Escuelas y Facultades y también, siempre que no habiliten para el ejercicio profesional, a los Institutos Universitarios de Investigación y Centros de I+D+i. 

Las enseñanzas de Doctorado tienen como finalidad la formación avanzada del estudiante en las técnicas de investigación. El Consejo de Gobierno establecerá los criterios y procedimientos para la realización del doctorado en la UPM. La elaboración de las propuestas de estas enseñanzas corresponde a las Escuelas y Facultades y también a los Institutos Universitarios de Investigación y Centros de I+D+i. 

Para obtener el título de Doctor por la UPM será necesario superar un periodo de formación y un periodo de investigación organizados dentro de un Programa de Doctorado. La admisión a un Programa se regirá por los criterios específicos que éste establezca. La Comisión Académica del Programa será la responsable última de la admisión de estudiantes. El profesorado responsable de las enseñanzas de Doctorado deberá poseer el título de doctor. El Consejo de Gobierno constituirá una Comisión de Doctorado de la UPM para tratar todos los asuntos relacionados con las Enseñanzas de Doctorado.

La UPM podrá impartir enseñanzas de grado y postgrado propias por sí misma o en colaboración con otras entidades de carácter público o privado para una formación específica. Las enseñanzas de grado serán propuestas por las Escuelas o Facultades. Las enseñanzas de postgrado serán propuestas por las Escuelas o Facultades, Institutos Universitarios de Investigación y Centros de I+D+i al Consejo de Gobierno para su aprobación. 

La UPM podrá contratar e impartir otros cursos por sí misma o en colaboración con entidades públicas o privadas, que serán reglamentadas por el Consejo de Gobierno. Corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación de estas titulaciones.

A partir del curso 2019/2020 la UPM ofertó programas Académicos que contemplan la realización de un Grado y un Máster de manera sucesiva. El alumno que curso un Programa Académico tendrá garantizada su admisión en el correspondiente título de Máster. El alumno no adquiere ninguna obligación de realizar el Máster, pudiendo decidir finalizar sus estudios con el Grado.

Por otro lado, la UPM cuenta con programas de formación permanente.


Enlaces de interés

Universidad Politécnica de Madrid (upm.es)

NormativaAdmision.pdf (upm.es)

ANEXO II (upm.es)

2021_22_NM_CG_24_06_21.pdf (upm.es)

Normativa reconocimiento y transferencia de creditos.pdf (upm.es)

Microsoft Word - Normativa Títulos Propios_20_03_12.doc (upm.es)

BOE.es - Documento consolidado BOE-A-2010-20147

Microsoft Word - REGLAMENTO2 DA aprob 27sept07.doc (upm.es)

Universidad Politécnica de Madrid (upm.es)

Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. (boe.es)

Disposición 943 del BOE núm. 29 de 2015


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